Estado del programa
- Estado operativo:
- Lanzado oficialmente — recepción de solicitudes prevista para el 4.º trimestre de 2026
- Última verificación:
- 4 de octubre de 2026
- Fuente oficial:
- Anuncio del Gobierno argentino
El Gobierno argentino anunció la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión el 2 de octubre de 2026. Se prevé la recepción de solicitudes durante el cuarto trimestre de 2026. Ciertos aspectos operativos y reglamentarios siguen sujetos a aclaración oficial.
01
Fundamento legal de la elegibilidad
El Decreto 366/2025 modificó la Ley de Ciudadanía 346 para permitir que los extranjeros que realicen una inversión relevante en la Argentina soliciten la ciudadanía con independencia de la duración de su residencia. El Ministerio de Economía determina qué inversiones califican y el Decreto 524/2025 fija el procedimiento de evaluación.
La elegibilidad tiene, por lo tanto, dos componentes: una inversión que califique y una evaluación favorable de la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, seguida de la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
02
Requisitos esenciales
- Nacionalidad extranjera y mayoría de edad (los menores solo como familiares)
- Inversión que califique en alguna de las dos vías anunciadas
- Origen lícito y trazable de los fondos invertidos
- Origen del patrimonio documentado y coherente con el perfil del solicitante
- Ausencia de antecedentes penales en las jurisdicciones relevantes
- Ausencia de sanciones y un perfil reputacional aceptable
- Documentos de identidad y estado civil vigentes
Para esta vía no se establecieron requisitos de residencia previa, presencia física, idioma español ni permanencia mínima.
03
Capital de inversión
El solicitante principal debe realizar un aporte no reembolsable de USD 350.000 al Tesoro Nacional o suscribir USD 800.000 en un título público creado para el programa. Los familiares suman los montos anunciados (USD 100.000 por el cónyuge y por cada hijo mayor que califique; USD 25.000 por cada hijo menor de 18 años).
También deben presupuestarse tasas oficiales, honorarios profesionales, traducciones, apostillas y costos de debida diligencia. Ver Vías de inversión.
04
Origen de los fondos y del patrimonio
El origen de los fondos es el dinero concreto que se invierte: dónde está depositado y cómo llegó a esa cuenta. El origen del patrimonio es cómo el solicitante formó su patrimonio total. Ambos deben ser coherentes y estar documentados.
La prueba habitual incluye balances societarios, registros de dividendos, contratos de venta de acciones o inmuebles, ingresos laborales, documentación sucesoria y extractos bancarios que muestren el movimiento de los fondos. El efectivo, las transferencias sin explicación, las criptomonedas sin trazabilidad clara y los fondos canalizados por estructuras opacas exigen especial cuidado.
05
Antecedentes penales y sanciones
Se examinan los certificados de antecedentes penales del país de nacionalidad y de los países de residencia. Los procesos pendientes y las condenas anteriores son relevantes, en especial los vinculados con delitos financieros, corrupción, terrorismo o crimen organizado.
Los solicitantes se controlan contra las listas internacionales de sanciones. Las personas expuestas políticamente no quedan excluidas como tales, pero se someten a una debida diligencia reforzada.
06
Historial migratorio
Las denegaciones de visado, expulsiones, permanencias irregulares o infracciones migratorias en cualquier país pueden ser relevantes y deben declararse con exactitud. Las inconsistencias entre lo declarado y los registros son una causa frecuente de observaciones desfavorables.
07
Restricciones por nacionalidad
No se publicó una lista de nacionalidades excluidas. En la práctica, los solicitantes de jurisdicciones de alto riesgo o sancionadas deben prever una revisión más extensa y posibles dificultades bancarias al transferir fondos. En estos casos se recomienda un análisis jurídico preliminar.
08
Doble nacionalidad
La Argentina no exige a los nuevos ciudadanos renunciar a su nacionalidad. Si el país actual del solicitante admite la doble ciudadanía depende de su propia ley y debe verificarse por separado.
09
Evaluación jurídica preliminar
Antes de comprometer fondos, una revisión confidencial por un abogado argentino especializado puede identificar obstáculos en el perfil, los fondos o la composición familiar. Es la forma más eficiente de evitar una solicitud con escasas posibilidades. Consultar un caso.
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Preguntas frecuentes
¿Debo vivir en la Argentina antes de presentar la solicitud?+
No. La vía por inversión se aplica con independencia de la duración de la residencia previa.
¿Debo hablar español?+
No se estableció un requisito de idioma para esta vía. Sin embargo, los documentos deben presentarse con traducción pública al español.
¿Tener el capital me hace elegible?+
No. El capital es necesario pero no suficiente; el origen lícito de los fondos y la debida diligencia son decisivos.
¿Puede solicitarla una persona expuesta políticamente?+
La condición de PEP no es una exclusión automática, pero activa una debida diligencia reforzada.
¿Hay nacionalidades excluidas?+
No se publicó una lista de nacionalidades excluidas. Los perfiles de mayor riesgo deben prever una revisión más extensa.
¿Debo renunciar a mi ciudadanía actual?+
La Argentina no lo exige. Las normas de su país actual sobre doble nacionalidad deben verificarse por separado.
¿Un antecedente penal puede impedir la aprobación?+
Puede. Su relevancia depende de la naturaleza, la fecha y la jurisdicción del hecho; cada caso requiere un análisis jurídico individual.
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Fuentes oficiales
- Decree 524/2025National Executive · Decree
Última verificación: 4 de octubre de 2026. Esta página es informativa y no constituye asesoramiento jurídico.
